Es necesario que la comunidad Socorrana, como inmediata beneficiaria del recurso patrimonial que abriga –pero no exclusivamente- se informe e interese sobre los elementos que constituyen su patrimonio cultural. Patrimonio que no sólo es material sino también inmaterial.
Esto viene a colación con base en un documento que circula en la red, donde se habla de la protección y demarcación del sector antiguo que adelantan las autoridades del Ministerio de Cultura en acompañamiento con
“protección y demarcación del sector histórico”
Fuente: Jazmín Romero
Dentro de pocos meses empezará a desarrollarse el plan de preservación y protección especial de los bienes de la capital comunera.
La información la suministró Leonor Gómez, delegada de Patrimonio Nacional, quien argumentó que esta actividad se lleva a efecto por medio del ministerio de Cultura y la gobernación de Santander.
Hoy en día, la organización cuenta con el inventario de bienes y lugares que son considerados como patrimonio material de la humanidad.
Ahora, se pretende delimitar el área y bienes de interés que van a tenerse en cuenta.
Hace pocos días un grupo de especialistas en el ramo, funcionarios de
Además, se interesaron en conocer y establecer el estado actual del Convento de Los Capuchinos y ‘San Juan Bautista’, Museo Casa de
Recuperación y restauración
El ministerio de Cultura, en
“Una vez se demarque el área de patrimonio, el Ministerio y
Inventario de lugares y monumentos
Sector antiguo: Monumento Nacional. mediante el decreto 264, de febrero 12 de 1963.
Capilla del Divino Niño o
Museo Casa de
Concatedral Nuestra Señora del Socorro: La más grande del Departamento, de arquitectura del estilo clásico, en piedra labrada y acabados en mármol de Carrara.
Quinta Fominaya: residencia del teniente coronel Antonio Fominaya, quien fue gobernador de la provincia de Socorro.
Parque de
C
Puente Comuneros: se encuentra a seis kilómetros de Socorro y fue declarado Monumento Nacional por medio de la resolución 1874, del 28 de diciembre de 2000.
Es muy probable que el anterior artículo haya sido escrito hace varios meses y que probablemente su contenido este listo para ejecutarse. Sin embargo, es necesario hacer los siguientes cuestionamientos sobre los peligros que su contenido informa:
1. DELIMIMITACIÓN ZONA ANTIGUA
Quienes hayan tenido la oportunidad de leer el decreto en mención -264 de febrero 12 de 1963- pueden constatar que en su formulación no existe delimitación como tal, no se específica absolutamente nada, ni se reserva tampoco un área determinada. Este es el problema que en otro escrito hemos publicado con el objeto, de que dicha materialización en la delimitación de la zona antigua, se determine como tal el área urbana comprendida en el cuadrante existente en la ciudad de Socorro para 1850, con motivo de la visita de
Con base en la anterior proyección, es que debe socializarse con las autoridades, grupos de trabajo, academias de historia de Socorro y Colombia y demás grupos interesados en el asunto de preservación patrimonial del Socorro la posibilidad que esta zona antigua este ubicada entre calles 19 y 7ª y Carreras 17 y 8ª Incluyendo
Esto es apremiante porque el artículo previene en el genérico de “plazas, edificios, calles etc” pero no delimita geográficamente el sector, situación que ha generado la falsa creencia que lo protegido son únicamente edificaciones especificas, como erróneamente el artículo antes transcrito sugiere creerlo.
Esto a permitido que en los últimos treinta y cinco años se agreda arquitectónicamente el sector con construcciones que a todas luces son violatorias del mencionado decreto, ya por remodelación, demolición o construcción. Pues muchos creen que solo las edificaciones antes citadas son las que merecen protección. Esto también ha llevado a que no exista normatividad alguna departamental ni municipal que reglamente los elementos constitutivos y reformas del sector.
Por esta razón se construyó de manera irresponsable una entidad financiera en el otrora triángulo masónico, sin respeto alguno por la consideración que implicaba que ese bien inmueble se hallaba en zona de protección cultural. Y al construirse la nueva edificación, ésta no respondió a las expectativas existentes para un centro histórico de tanta importancia como el de Socorro. Igual aconteció con construcciones como el Hotel Tamacara y el desafortunado Cuarte de Policía que se construyó en el Parque principal, sin detenermos en detalles del actual hotel Manuela Beltrán y sus ignominiosos vecinos: la registraduria y la sede del sena, obras a toda luces productos de la desidia administrativa y la indiferencia ciudadana, para mencionar sólo unas.
2. CLASIFICACIÓN DE PATRIMONIO. PATRIMONIO MATERIAL
No sé si por olvido de la periodista o porque sus fuentes efectivamente evidenciaron desconocimiento sobre la materia, pero aunque hablan de patrimonio de la humanidad el artículo olvida reseñar que este puede ser material e inmaterial. Y en el caso que nos ocupa prescinden de este último elemento, manejando el concepto de patrimonio material, únicamente en el campo de lo arquitectónico y de una manera seriamente incompetente.
Por esta razón es necesario hacer un breve recuento de los bienes que en una eventual demarcación de zona antiguo, como bienes de interés nacional deben tenerse en cuenta. Pero que acudiendo a lo mencionado en
1. SITIOS DE INTERES DE PROTECCIÓN CULTURAL ZONA ANTIGUA DE SOCORRO:
A. Urbanos Histórico-Políticos: Ya Identificables. Algunos Protegidos
- PANTEON NACIONAL: PANTEON NACIONAL Es lamentable que este sitio no se le nombre por el cual se ha identificado históricamente, incluso antes de los sucesos de julio 18 de 1860 en el sitio del Oratorio y simplemente se le denomine Capilla del niño Dios. Debe recordarse que sólo Bogotá, Popayán y Socorro (estás dos últimas por ser la únicas ciudades en el país que ostentan el títulos de ciudades proceras) se les reconoció la existencia de Panteones de Próceres o Panteones Nacionales. La recuperación debe estar dirigida a funcionar como Panteón Nacional que es y no como capilla católica que ya no lo es. Recordemos que aquí descansan los restos de los patriotas de
- RUINAS CAPITOLIO ESTATAL DE SANTANDER
- ANTIGUA SEDE DEL COLEGIO DE
- CASA FOMINAYA
.
- CASA PRIMER CABILDO Y RESIDENCIA DEL PRIMER ALFEREZ REAL DE
- CASA CANÓNIGO ANDRÉS ROSILLO. Sitio fundamental para la historiografía nacional debido a la separación de la iglesia granadina de la romana que se intentó en la ciudad de Socorro, inspirada en la acaecida en el siglo XVI en Inglaterra, bajo las directrices de este personaje fundamental del periodo independentista.
- CASA BERBEO. De todas las revoluciones en la era moderna, curiosamente la más impactante en
- CASA LOGIA SARAVITA : Esta casa que esperamos no se convierta en ofrenda de la desidia general ojala sea prontamente recuperada y connotada como bien de patrimonio nacional. Esta organización fue fundamental para el desarrollo del entonces Estado Soberano de Santander y en Especial de sus entonces departamentos de San Gil, Socorro y Vélez. Incluso la propia iglesia católica está en mora de reconocer sus agradecimientos a la extinta organización, que tan arduamente colaboró para la construcción del hermoso templo que hoy puede contemplarse en la ciudad.
- PLAZA PRINCIPAL. Debe socializarse con los habitantes la posibilidad que esta plaza sea rebautizada como “Plaza de
- PLAZA DEL CONVENTO. Altar de la patria que también y por los hechos allí acaecidos como un tributo a quienes se anticiparon al proceso emancipador de la hoy Colombia debe rebautizarse como “Plaza de
- PLAZUELA DE SAN VICTORINO. Infortunadamente convertida o en calle.
- CENTRO DE HISTORIA DEL SUR DE SANTANTER O CASA DE CULTURA.
- HIJUELAS EN
- MATERIALES EN PIEDRA SIGLO XVIII UBICADOS EN
- ESCULTURAS SIGLO XVIII UBICADAS EN EL ACTUAL CLUB SOCORRO O CASA FOMINAYA
B. Urbanos Histórico-Políticos: No identificados todavía.
- LUGAR CASA DE
- LUGAR CASA DEL GOBERNADOR DE
- LUGAR ANTIGUA FABRICA DE CERVEZA KOOP Y CIA HOY BAVARIA..
- RESIDENCIAS DE LOS EXPRESIDENTES DEL ESTADO SOBERANO DE SANTANDER Y DE COLOMBIA:
a. MANUEL MURILLO TORO
b. EUSTORGIO SALGAR
c. AQUILEO PARRA.
d. SOLÓN WILCHES.
e. Florentino Gonzáles.
f. Nicolas Pinzón Worlosten. Fundador U.E. diario
- RESIDENCIAS DE NOTABLES COMO.
1. EMIGDIO BENITEZ PLATA.
2. SALVADOR PLATA
3. VICENTE AZUERO
4. VICENTE CADENA
5. MANUEL ROSILLO.
- RESIDENCIAS PRÓCERES COMUNERO
1. MANUELA BELTRÁN.
2. MANUEL ORTIZ.
C. Urbanos Culturales: no identificados aún
i. RESIDENCIAS Y/O CASAS NATALES DE PERSONALIDADES ACADÉMICAS Y CULTURALES
1. JOSÁ A MORALES.
2. OSCAR RODRIGUEZ NARANJO
3. SATURNINO RAMIREZ.
4. VIRGINIA GUTIÉRREZ DE PINEDA
5. HORACIO RODRIGUEZ PLATA
6. EDUARDO RODRIGUEZ PIÑEREZ
D. SITIOS RURALES DE INTERES CULTURAL
:
i. Arquitectónicos e Históricos
1. Puente Comuneros.
2. Puente Bolívar.
3. Puente Sardinas.
ii. Políticos y Socio antropológicos
1. Sitio de Porqueras.
2. Sitio del Oratorio.
3. Sitio la Polonia.
4. Sitio de Terán.
5. Sitio del Huate.
6. Hacienda la Peña. 17 de octubre de 1899. Juan Francisco Gómez.
7. Sitio de Guadalupe. Por fuera de Jurisdicción.
8. Sitio de la Nueva Socorro. Por fuera de Jurisdicción.
iii. Precolombinos, conquista y Colonia.
iv.
1. Lugar del Valle de Nuestra Señora de Chanchón.
2. Lugar de Carahota.
3. Lugar de Barirí.
4. Lugar de Sancotea.
5. Lugar de Mahavita.
A la anterior lista debe añadírsele una lista más pormenorizada de todos aquellos hijos ilustres del Socorro, más la posibilidad de recabar información sobre material bibliográfico y periodístico editado en el Socorro.
Y sin embargo debe recordarse que esto no significa que solo estos sitios sean de interés cultural debe buscarse que las antiguas calles de los Cuarteles y Convento sean igualmente declaradas patrimonio cultural, para preservar las hermosas casonas del siglo XVIII aún existentes y las cuales, por falta de información histórica no se ha identificado su posible intervención en la historia colombiana y socorrana.
3. PATRIMONIO CULTURAL INMATERIAL
De acuerdo en lo dispuesto en la menciona Ley General de Cultura 397 y sus normas complementarias y reformatorias y en concordancia con lo dispuesto en
1. Se restablezca la celebración del 16 de Marzo como festivo nacional tal y como se venía celebrando desde el siglo XIX hasta los inicios del siglo XX.
4. CONCLUSIÓN
De permitir que la declaratoria de bienes de interés cultural – y solo material- como aparece en este artículo se haga realidad y solo bajo participación de autoridades nacionales y departamentales, más que proteger se estaría desamparando todo el patrimonio histórico de la nación y del municipio ubicado en la ciudad del Socorro, debido entre otras razones, a que se haría específica la protección destinada a unos cuantos inmuebles y dejaría –como hasta ahora viene sucediendo- en completo desamparo la mayoría de los inmuebles, de diferentes períodos, que por falta de estudio histórico y notarial no gozan del prestigio de los poquísimos inmuebles que por suerte del destino están amparados en esta categoría.
Este estudio debe inclusive extenderse a las haciendas ubicadas en las zonas rurales del municipio toda vez que algunas de ellas también son parte inherente del pasado histórico y cultural del país y del municipio, tal y como acontece con la finca
5. SECRETARIA DE PATRIMONIO CULTURAL y OFICINA DE ESTUDIOS DE PATRIMONIO CULTURAL
Con base en la gran gama de elementos históricos, políticos, religiosos, ideológicos y arquitectónicos que gozan de prestigio en los anales de la historia nacional y que se encuentran en Socorro, unos a la luz pública otros que esperan ser descubiertos, es importante que las autoridades locales den vida jurídica a
Igualmente es necesario que se gestione la presencia de una oficina de Extensión sobre Estudios Patrimoniales ya sea con
No hay comentarios:
Publicar un comentario